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Publicado el Régimen de Extracciones 2023
para la MASb Consuegra-Villacañas. (DOCM 21/12/2022)

La Junta de Gobierno de la Confederación Hidrográfica del Guadiana, en su reunión del día 13
de diciembre de 2022 ha adoptado, entre otros, el acuerdo de establecer el Régimen de
Extracciones para el año 2023 de la Masa de Agua Subterránea Consuegra-Villacañas.
Según los distintos datos analizados (volumen máximo de extracción anual, derechos
legalmente reconocidos, tendencia piezométrica y secuencias climáticas, así como otros
indicadores), se observa que durante el año 2022 ha habido una tendencia piezométrica
decreciente y, por tanto, la masa continúa en riesgo y lejos de alcanzar el buen estado
cuantitativo.
Asimismo, el indicador de escasez en la Unidad Territorial de escasez Gigüela-Záncara (UTE 03)
a 1 de octubre de 2022, corresponde a un escenario de alerta, en el que se establece como
medida particular a aplicar el ajuste de las extracciones de aguas subterráneas en masas en
riesgo a través del Régimen Anual de Extracciones.
En consecuencia y de acuerdo con el Plan Especial de Sequía (PESCHG), para la MASb
Consuegra-Villacañas, se ajustarán las extracciones mediante la aplicación de unas dotaciones
para regadío de 1400 m 3 /ha para cultivos leñosos y 2100 m 3 /ha para cultivos herbáceos,
salvo que el título habilitante establezca una dotación menor, en cuyo caso no sufrirá
reducción alguna.
A su vez, se recomienda a las Entidades locales reducir las dotaciones de abastecimiento e
industria en un 10% y por coherencia con ello, se recomienda asimismo la reducción de un
10% en las dotaciones para los usos domésticos, industriales y ganaderos con derechos
reconocidos en la masa de agua.
En caso de que, de acuerdo con la evolución del indicador de escasez, se revierta la situación
de alerta a situación de prealerta en la UTE 03 Gigüela-Záncara, se levantarán los ajustes
propuestos y se aplicarán las dotaciones del régimen de extracciones de la campaña 2019. Es
decir, en el caso de regadío las dotaciones máximas serán de 2200 m 3 /ha para cultivos
herbáceos y 1500 m 3 /ha para cultivos leñosos, salvo que el título habilitante establezca una
dotación menor.

Régimen de Extracciones 2023 MASb CV

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